A- de 2011
Ponente Luis Ernesto Vargas Silva
✓Demandante Yolima Beatriz Carrillo Pedrozo Vrs La Previsora
Temas y subtemas del fallo
✓Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.
- Conocimiento de los jueces o tribunales del lugar donde ocurrió la violación o amenaza que motivo la solicitud
- Competencia de juzgado penal municipal con función de control de garantías
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)
Conflicto de competencia entre el Juzgado 7 de Ejecución de Penas de Bogotá y el Juzgado Quinto Penal Municipal con Función de Control de Garantías de Valledupar.
El proceso le correspondió por reparto al juzgado de Valledupar, quien expuso que como la posible vulneración de los derechos fundamentales tenía ocurrencia en la ciudad de Bogotá, lugar de domicilio de la accionada, por razones de competencia territorial, debía ser el juez municipal de dicha ciudad quien asumiera el conocimiento de la acción.
Efectuado nuevamente el reparto, le correspondió al Juzgado Séptimo De Ejecución de Penas de Bogotá y este a su vez consideró que tampoco era competente por cuanto la vulneración se generó en Valledupar y porque la accionante había elegido a la autoridad judicial de dicha ciudad.
La Corte considera que ambos Despachos son competentes para conocer de la acción constitucional y decide que a prevención es el juzgado quinto penal municipal de garantías de Valledupar quien debe avocar el conocimiento en primera instancia.
Qué decidió
Parte resolutiva (Resuelve)
✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.
Ver la parte resolutiva (8 puntos)
- PRIMERO. DECIDIR el conflicto de competencia presentado entre el Juzgado
- Séptimo. de Ejecución de Penas y Medidas de Seguridad de Bogotá y el Juzgado
- Quinto. Penal Municipal con Función de Control de Garantías de Valledupar, ordenando la remisión del expediente a este último.
- SEGUNDO. Como consecuencia de lo anterior, REMITIR el expediente contentivo de la acción de tutela instaurada por Yolima Beatríz Carrillo Pedrozo contra La Previsora S.A. al Juzgado
- Quinto. Penal Municipal con Función de Control de Garantías de Valledupar para que sin más demoras, tramite y profiera decisión de fondo respecto del amparo solicitado.
- TERCERO. Por Secretaría General COMUNICAR al Juzgado
- Séptimo. de Ejecución de Penas y Medidas de Seguridad de Bogotá, la decisión adoptada en esta providencia, con el fin de que tenga conocimiento sobre lo aquí resuelto.
- Comuníquese,
La Sala que decidió
Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.
Cómo se conecta
Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.
Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.